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Estamos buscando
abogados de derecho de familia pro bono
que están dispuestos a ayudar a los niños indocumentados que enfrentan la deportación a obtener una orden judicial estatal necesaria como parte de su caso de inmigración de Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS) .
El SIJS es un tipo de exención de inmigración que primero requiere que el menor solicitante obtenga una orden judicial estatal (llamada orden previa del SIJS) antes de solicitar una visa de inmigrante juvenil ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos. Una orden previa del SIJS debe incluir tres conclusiones específicas:
El niño ha sido declarado dependiente de un tribunal de menores o legalmente comprometido o colocado bajo la custodia de una agencia o departamento estatal o de un individuo o entidad designado por un tribunal estatal o de menores;
Que la reunificación con uno o ambos padres del niño no es viable debido a abuso, negligencia, abandono o una base similar según la ley estatal; y
Que no es lo mejor para el niño regresar a su país de nacionalidad o de última residencia habitual.
En California, las conclusiones del SIJS se realizan con mayor frecuencia en procedimientos de tutela sucesoria, custodia del tribunal de familia, dependencia o delincuencia.
El ILDC ha examinado y determinado que nuestros clientes son elegibles prima facie para el estatus SIJS. Estamos solicitando a los abogados de derecho familiar pro bono que ayuden a los clientes SOLAMENTE a obtener órdenes previas SIJS. Un abogado de inmigración del ILDC se hará cargo del caso una vez que se haya obtenido una orden previa SIJS y completará la solicitud de visa de inmigrante SIJS con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos.
Para obtener más información sobre SIJS, consulte el manual de ILRC .
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